#ElPerúQueQueremos

imagen: propia

ATUSA: el agua que nadie quiere beber (Parte 3)

Publicado: 2015-06-25

Hace poco el alcalde de Tumbes anunció (Correo, 29.ABR.2015) que impondría una multa de S/.770 mil (200 UIT) a ATUSA “por los daños y malestar que viene originando en la población tumbesina”. A lo dicho, revelaba además poseer las armas legales para dejar sin efecto la concesión, dejándonos con asombro.

Como lo hemos señalado ["El problema del agua (Parte I)], las 3 municipalidades provinciales fueron negligentes al no instalar la Unidad Coordinadora Municipal (UCM), que a fin de cuentas es la entidad que debe informar sobre el cumplimiento del contrato, y recomendar, de ser el caso, la ampliación, suspensión o modificación del contrato, o su caducidad (finalización) para que el Concejo Provincial de las 3 comunas decida.

Esta gestión decidió instalarla y ponerla a trabajar (cooperar) “en la elaboración o modificación” del Plan Maestro, “herramienta de planeamiento de largo plazo” que contiene los indicadores de gestión, que “son los parámetros que permiten la determinación del cumplimiento de las obligaciones” de la empresa y “el control de su gestión”. Sin embargo, han pasado 2 meses y aún no contamos con información sobre las acciones o recomendaciones efectuadas.

En cuanto a lo anunciado por el alcalde, se debe considerar que el contrato, en ninguna parte contempla la posibilidad de imponer multas a la empresa; sí penalidades y en 2 supuestos: (1) cuando el incumplimiento de las obligaciones se refiere a la prestación del servicio; aquí quien debe imponerlas y cobrarlas es la reguladora; y (2) cuando éstas derivan del incumplimiento de obligaciones relacionadas con el contrato; aquí las municipalidades requieren la opinión previa del regulador y el límite máximo de la penalidad es de 100 UIT (no 200).

Según cifras publicadas por la matriz [Informe de Gestión 2014] a partir del primer año regulatorio (jun.2011 – may.2012), hasta el tercero, algunos indicadores de desempeño aumentaron discretamente. En lo que respecta a la calidad de la prestación del servicio, la continuidad promedio (horas/día) abría aumentado de 14% (2011), a 17.5% (2014); del mismo modo el nivel de tratamiento de las aguas residuales, de 25% (2011), a 35% (2014). Insuficiente. SUNASS debería hacer público los resultados de sus actividades de supervición; acaba de culminar el cuarto año regulatorio.

Todos nos sentimos disconformes con el servicio prestado por la empresa. En Colombia siguen hablando de deshacerse de las aciones de ATUSA y conservar una mínima cantidad, o solo participar como “operadores” del negocio, pese a los resultados del último ejercicio (2014), en donde logró una utilidad neta de S/. 425,415; mientras que la Municipalidad de Tumbes, también estaría evaluando la posibilidad de ‘dejar sin efecto’ la concesión. 

Corresponde a la UCM y a la SUNASS determinar los niveles de incumplimiento del contrato de concesión, para que –a partir de allí- con la opinión favorable del regulador, sean los Concejos Provinciales los que acuerden la finalización de la concesión declarando su caducidad por incumplimiento de contrato por parte del concesionario; o por mutuo acuerdo.

Lecciones aprendidas: como lo dijo el Presidente de SUNASS a propósito de ATUSA, en una reunión de la CEPAL (2013): (1) “las municipalidades no asumen correctamente su rol como concedentes; (2) “el Estado no fue oportuno con las inversiones comprometidas”; (3) “en las autoridades locales hay una percepción contraria a la participación del sector privado en la prestación de servicios de saneamiento”, o mucha desinformación; y (4) “la gestión del privado no debe depender de terceros”.

Mientras no tengamos bien en claro esto, hagamos a un lado la ilusión de una nueva concesión, por favor.

-----

Texto publicado en Diario Correo (9.JUN.2015)


Escrito por

Martin Cabrera

Escribo porque no decir nada, no conjugar un verbo, te convierte en piedra. Escribo para abrir camino y porque la palabra es libre. @martcab


Publicado en

El Guineo

la palabra libre