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EL 29 DE AGOSTO YA NO ES FERIADO

Quienes hicieron planes al inicio del año, tómenlo en cuenta.

Publicado: 2013-08-21

El lunes 31 de diciembre de 2012, en el Diario Oficial “El Peruano” se publicó el Decreto Supremo Nº 123-2012-PCM, el cual declaró como días no laborables para el sector público los siguientes:

• Lunes 11 y martes 12 de febrero.

• Jueves 27 y viernes 28 de junio.

• Martes 30 de julio.

• Jueves 29 de agosto.

• Lunes 7 de octubre.

• Lunes 30 y martes 31 de diciembre.

Es preciso indicar que para fines tributarios dichos días son considerados hábiles.

Del mismo modo se dispuso que los días no laborables fueran compensados en la semana posterior a la del día no laborable, o en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad pública; y que los centros de trabajo del sector privado podían acogerse previo acuerdo entre el empleador y sus trabajadores, debiendo establecer la forma en que recuperarían las horas dejadas de laborar, a falta de acuerdo decidirá el empleador.

No obstante, el pasado 2 de junio de los corrientes, se publicó el Decreto Supremo Nº 062-2013-PCM, el mismo que modificó el numeral 1.1. del Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 123-2012-PCM, excluyendo el día jueves 29 de agosto de los feriados no laborables para los trabajadores del sector público, a nivel nacional.

Jueves 29 de agosto, ya no es feriado.

A tomar las previsiones del caso.


Escrito por

Martin Cabrera

Escribo porque no decir nada, no conjugar un verbo, te convierte en piedra; para abrir camino y porque 'la palabra' es libre. @martcab


Publicado en

El Guineo

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